
Reforma judicial en España: la justicia a los pies del Ejecutivo
La anunciada reforma del sistema judicial español en 2025, también conocida como Ley Begoña, promete ser la más ambiciosa desde la Transición. El Gobierno de Pedro Sánchez asegura que se trata de una modernización del proceso penal para hacerlo más ágil y eficiente. Pero cada vez más juristas, asociaciones profesionales y ciudadanos alertan: esta reforma coloca la justicia a los pies del Ejecutivo.
Y lo más preocupante no es solo lo que se pretende cambiar, sino el momento en que se plantea, que apesta a prevaricación:
Begoña Gómez, esposa del presidente, está siendo investigada por tráfico de influencias gracias a una acusación popular.
David Sánchez-Castejón, su hermano, fue procesado por una jueza por presunta prevaricación y tráfico de influencias tras su contratación por la Diputación de Badajoz.
⚖️ ¿Qué propone exactamente esta reforma?
1. Fin del juez instructor
Hasta ahora, los jueces de instrucción son quienes investigan los delitos. Son independientes y actúan con autonomía.
Con la reforma, esa función pasará a la Fiscalía, un órgano jerárquico cuyo máximo responsable, el fiscal general del Estado, es nombrado directamente por el Gobierno.
Será el fiscal quien decida qué causas se abren, a quién se investiga… y qué se archiva sin pasar por un juez.
2. Policía Judicial bajo órdenes del fiscal
Actualmente, la Policía Judicial actúa bajo control del juez.
Si se aprueba esta reforma, responderá directamente ante el fiscal, lo que centraliza el poder investigador en un órgano dependiente del Ejecutivo, que no ha demostrado imparcialidad alguna.
Recordemos que, por primera vez en democracia, ha sido imputado un fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz, lacayo de Pedro Sánchez, por presunta revelación de secretos para dañar a un adversario político.
En los casos de Begoña Gómez y David Sánchez-Castejón, la Fiscalía ha pedido el archivo de ambas causas, y en el caso del segundo, presentó un informe de 100 páginas al día siguiente del auto de procesamiento.
En ninguno de los casos han abierto la causa.
¿Conoces a algún ciudadano que haya recibido una defensa tan diligente por parte del Ministerio Fiscal?
3. Restricción de la acusación popular
La reforma limita severamente la figura de la acusación popular, clave en casos como GAL, Gürtel, Nóos o Bárcenas.
Solo podrían ejercerla quienes acrediten un “interés directo”.
Partidos políticos, sindicatos o asociaciones ciudadanas podrían quedar excluidos.
Se prevé su supresión total en delitos relacionados con ideología, política o religión.
💡 Pero la acusación popular está recogida en la Constitución Española (art. 125), que permite a los ciudadanos participar en la justicia penal.
Limitarla por ley ordinaria, sin reforma constitucional, plantea serios problemas de encaje legal y podría acabar en el Tribunal Constitucional.
4. Un fiscal general “independiente”… nombrado por el Gobierno
El Ejecutivo propone un mandato fijo de 5 años, no renovable, para el fiscal general del Estado.
Pero no cambia lo esencial: seguirá siendo nombrado por el Gobierno.
🔸 Sin incompatibilidades reales ni procedimiento autónomo, la “independencia” es una ficción.
Se trata de dar más poder… al que ya obedece.
5. Reforma estructural: tribunales de instancia
Se plantea crear tribunales de instancia, con jueces que trabajen en formato colegiado, oficinas judiciales municipales y digitalización del sistema.
Puede ser positivo si se dota de medios.
Si no, será una maniobra estética más, sin impacto real en la eficiencia del sistema y que lejos de dinamizarlo, lo ralentice más aún.
Retroactividad encubierta
El Gobierno afirma que esta ley no tendrá carácter retroactivo. Pero...
⚠️ Puede introducir una disposición transitoria que diga:
“Se aplicará a causas en las que no se haya dictado auto de apertura de juicio oral.”
Eso permitiría expulsar a acusaciones populares activas hoy, como la de Manos Limpias en el caso Begoña Gómez, anulando la causa.
No sería técnicamente retroactiva, pero sí tendría efectos devastadores sobre causas abiertas. Un atajo legal para dejar sin efecto lo que aún está en fase de instrucción.
El Consejo de Ministros admitió a trámite esta propuesta de Ley en enero de este año, pero el Gobierno al estar en minoría, no tiene apoyos parlamentarios suficientes.
Partidos como Junts, Bildu y el PNV, han expresado reservas o rechazo a la propuesta, pero ya sabemos como funcionan estos parásitos que sostienen al Gobierno con alfileres y a base de contraprestaciones; es cuestión de tiempo que el Gobierno les de lo que pidan y se reactive su aprobación y tramitación parlamentaria.
¿Será por eso que el presidente del Tribunal Constitucional, Conde-Pumpido, fiel vasallo del Gobierno socialista, se ha negado a esperar los informes europeos sobre la ley de amnistía?
¿Será por eso que va a dictar sentencia a finales de julio, con media España de vacaciones?
En Cayetanos nos tememos que la sentencia está ya dictada, esperando el momento estival, que para causar el menor revuelo posible y haciéndola coincidir con el parlamento de vacaciones hasta el 1 de septiembre.
Esta reforma no es técnica. Es política. Y letal para la democracia.
Porque si quien investiga obedece al Gobierno, quien acusa obedece al Gobierno y quien manda es nombrado por el Gobierno, entonces la justicia ya no es un poder del Estado, sino, un instrumento del Ejecutivo.
Es un atentado contra la democracia, que esperamos que la ciudadanía no lo olvide en las urnas.
¿Por qué hablamos de esto en Cayetanos?
Porque defender la libertad también es defender la justicia.
Porque si el ciudadano pierde la capacidad de fiscalizar al poder, perdemos todos.
Y porque en Cayetanos no nos callamos. Lo denunciamos, lo explicamos… y lo estampamos en nuestras camisetas.